El Senado aprobó la Ley Olimpia que busca castigar hasta con seis años de cárcel la violencia digital.
Fue durante este jueves que la Cámara alta aprobó por unanimidad con 87 votos a favor dos ordenamientos legales para tipificar los delitos que se relacionan con el acoso digital, particularmente en lo que se refiere a la difusión de contenido íntimo y sexual.
El dictamen se modificó por la Cámara de Diputados y volverá el texto para extender a nivel federal la ley que la mayoría de estados del país ya habían aprobado con diferentes sanciones.
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Los senadores votaron por el texto que califica como violencia digital a “toda acción dolosa realizada mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite, comercialice, oferte, intercambie o comparta tanto fotos, vídeos, audios de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento o su aprobación ni su autorización”.
Los cambios que realizaron en la Cámara a la minuta que recibieron los diputados se encuentra la inclusión de violencia digital como una forma que abarca las agresiones en contra de mujeres, niñas y adolescentes.
También se incorporó a la ley la violencia desarrollada en los medios de comunicación y la tipificación de estos delitos en el Código Penal Federal.
Se detalló que las sanciones aumentan cuando el delito es cometido por el cónyuge o pareja o cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza, así como por un servidor público en ejercicio de sus funciones.
La Ley Olimpia comenzó en 2014 en Puebla, cuando la activista Olimpia Coral Melo sufrió de violencia digital al difundirse un vídeo íntimo cuando ella tenía 18 años teniendo relaciones con su novio, incluso la misma activista acudió al Senado.
¡Ya llegamos al @senadomexicano ¡#LeyOlimpiaNacional pic.twitter.com/t8ZlXjlEwC
— Olimpia Coral (@OlimpiaCMujer) November 5, 2020
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